El pasado martes el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió una controvertida sentencia en virtud de la cual los administradores de las “fanpages” de Facebook son también responsables de proteger los datos personales de quienes allí se abren paso (y no pueden, lo tanto, lavarse las manos y delegar tan relevantísima responsabilidad en la red social más grande del mundo).
Este dictamen, que ha llenado lógicamente de zozobra a algunos, echa raíces en una disputa que tenía como protagonista a una “fanpage” alemana de Facebook que utilizaba la red social para almacenar “cookies” en los discos duros de los visitantes a fin de recopilar datos sobre ellos.
Cuando la autoridad alemana de protección de datos ordenó al administrador de esta página de fans que procediera a desactivarla porque los usuarios no estaban al tanto de la recopilación que ésta hacía de sus datos personales, la “fanpage” echó balones fuera y argumentó que era Facebook y no ella el último responsable sobre el procesamiento de datos personales en su plataforma.
Con su dictamen el TJUE ha dejado, sin embargo, huérfana de argumentos a esta página de fans. Y quienes gestionan páginas de fans en Facebook no pueden evitar preguntarse si hay de verdad motivos (como parece a priori) para dejarse llevar por el pánico.
A juicio de Thomas Duhr, vicepresidente de la asociación alemana de economía digital (BVDW), hacer responsables a las “fanpages” del procesamiento de datos que tiene lugar en sus dominios (cuando en la práctica no tienen influencia alguna en dicho procesamiento) es una decisión que está totalmente alejada de la realidad y que convierte inevitablemente en absurdos muchos principios directamente emparentados con la protección de datos.
¿Deben entonces las empresas echar el cierre a sus páginas de fans en Facebook ante la amenaza de durísimas sanciones? En su sentencia el TJUE observa que la responsabilidad de Facebook y de los administradores de “fanpages” es conjunta, pero subraya igualmente que la responsabilidad de unos y otros dista mucho de ser idéntica. Lo que esto quiere decir en la práctica está todavía lamentablemente en la penumbra, apostilla Michael Neuber, experto legal de la BVDW.
Y a los legisladores no les quedará más remedio que examinar con lupa los ajustes de las “fanpages” para determinar cuál es su grado de responsabilidad. Aun así, “no está en todo caso en manos de los administradores de páginas de Facebook modificar y en último término eliminar el procesamiento de datos”, dice Neuber.
Para que una “fanpage” pueda ser sancionada deberá existir, por otra parte, o una investigación por parte de una autoridad en materia de protección de datos o una denuncia por parte de un tercero.
En este sentido, la sentencia del TJUE no implica en modo alguno que los administradores de páginas de Facebook deban necesariamente dejarse llevar por el pánico y proceder a bajar la persiana para sortear así eventuales sanciones.
Vía: Marketing Directo
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